Una de las premisas de la Constitución española es promover el bienestar social de sus ciudadanos. Esto significa que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar que el nivel de vida sea satisfactorio para la sociedad en general. En este contexto cobra relevancia la existencia de la Seguridad Social como un medio para alcanzar dicho objetivo. Por eso, a continuación veremos cómo dar de alta a un trabajador en la Seguridad Social.
¿Cuáles son los pasos a seguir?
Antes de entrar en materia, es necesario aclarar que existen dos posibles escenarios. En primer lugar, es posible que el empresario no haya contratado trabajadores en ninguna ocasión. Por otro lado, puede ocurrir que el trabajador se acabe de incorporar al mercado laboral, por lo que es la primera vez que es contratada.
En el primer caso, después que el empresario se inscriba en la Seguridad Social obtendrá un número de identificación. Para esto será necesario presentar el modelo TA.6 en la Seguridad Social, específicamente en la Tesorería General más cercana al domicilio de la empresa.
Una vez hecho esto, se puede proceder a la afiliación de un trabajador en la Seguridad Social. Se considera que la primera alta es permanente y única y es válida para los regímenes del sistema. Este proceso es previo al alta del trabajador y puede realizarlo tanto el empresario como el trabajador. Como resultado de este proceso, se obtiene un número único de afiliación.
Ahora bien, las altas y bajas en la Seguridad Social pueden producirse en múltiples ocasiones, como veremos a continuación.
Alta de un trabajador en la Seguridad Social.
Aunque la obligación de dar de alta a un trabajador recae sobre todas las empresas y los autónomos con trabajadores, no siempre se sigue el mismo procedimiento. Por ejemplo, tanto las pymes como los autónomos que tengan una nómina menor de 15 trabajadores pueden utilizar el sistema denominado Red Directo. Se trata de un mecanismo para notificar de las altas y bajas telemáticamente, por lo que se procesan rápidamente.
Cabe destacar que un trabajador puede ser dado de alta de forma múltiple. Esto podría producirse si existe la pluriactividad, que corresponde a que sea dado de alta en diferentes regímenes de la Seguridad Social, de acuerdo a las actividades desempeñadas. Por otro lado, está el pluriempleo, que corresponde a múltiples actividades dentro del mismo régimen. En ambos casos, se utilizará el mismo número de afiliación, pero con diferentes altas.
Sin importar cual sea la actividad laboral, para notificar la alta será necesario contar con algunos datos básicos. En primer lugar, será indispensable el nombre o la razón social del empleador. También serán necesarios los datos de identificación del trabajador, así como el régimen de la Seguridad Social en el que cotizará. Adicionalmente, existen otros requisitos básicos que permiten establecer, entre otras cosas, la base de cotización.
Cabe destacar que existen algunas situaciones asimiladas al alta. Este podría ser el caso si se extingue, o se suspende, el contrato de trabajo, pero continúa vigente el alta de la Seguridad Social. Habitualmente esto ocurre con la finalidad de proteger los intereses del trabajador. Algunos ejemplos de situaciones asimiladas a la alta son la excedencia por cuidado de hijo o la situación legal de desempleo.
Por último, también es necesario dar de alta al trabajador en el SEPE, o Servicio de Empleo Público Estatal. Este proceso debe efectuarse antes que hayan transcurrido 10 días desde el momento en que se formalizó el contrato de trabajo. El trámite se realiza a través de la página web del SEPE.