Uno de los pasos más importantes en la vida laboral de un autónomo puede ser la constitución de una sociedad mercantil. Existen dos tipos de sociedades que son las más fáciles de constituir y que ofrecen protección al patrimonio personal. Se trata de la Sociedad Limitada (SL) y la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL). De hecho, debido a que muchos trámites pueden realizarse en línea, es posible constituirla en un tiempo máximo de 15 días.
Estos son los pasos básicos que debes dar para la constitución de una sociedad de este tipo.
Registro del nombre y apertura de la cuenta bancaria
El primer trámite es la obtención de certificado negativo de denominación social en el Registro Mercantil Central. Mediante este certificado se comprueba que no existe otra sociedad o empresa registrada con el nombre que has elegido. En el formulario que deberás llenar tienes que incluir tres diferentes opciones de nombre con el que deseas registrar la sociedad limitada.
Después de obtener el certificado tendrás 3 meses para acudir ante notario para realizar su registro. Y tendrás un total de 6 meses para la utilización de dicho nombre
Con el certificado obtenido podrás realizar la apertura de la cuenta bancaria a nombre de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. En este caso el monto inicial será de 3000 €.
A partir de ese momento únicamente podrás disponer de los 3000 € para solventar gastos e inversión propios de la sociedad.
Redacción de los estatutos sociales y escritura pública.
Las normas que regirán a la empresa constituyen los estatutos sociales. Estos deben redactarse con antelación pues deberán incluirse en la escritura pública. Si creas la Sociedad Limitada mediante un PAE el trámite es muy sencillo.
Los elementos básicos comunes que deben de incluirse en los estatutos sociales son la denominación de la sociedad, domicilio en el territorio español, fecha de cierre de cada ejercicio fiscal y el capital social, entre otros.
Una vez redactado los estatutos sociales deberás acudir ante notario para la realización de la escritura pública. Para realizarla necesitarás el certificado negativa del registro mercantil central, DNI en original de cada uno de los socios fundadores y certificado bancario de la cuenta a nombre de la sociedad. Una vez obtenida la escritura pública deberás inscribirla en el Registro Mercantil.
Adicionalmente, en caso de contar con socios extranjeros, deberás anexar a la documentación mencionada anteriormente la declaración de inversiones exteriores.
Trámites en Hacienda y Registro Mercantil
Con el fin de obtener el Número de Identificación Fiscal o NIF deberás presentar el modelo 036 junto con la copia de la escritura pública de la constitución de la sociedad. Como resultado obtendrás un NIF provisional que tendrá una vigencia de seis meses. Posteriormente deberás canjearlo por el definitivo.
Adicionalmente deberás darte de alta en el Impuesto de Actividades Empresariales o IAE mediante el cual, tanto el ayuntamiento local como el Estado determinarán la cantidad que deberás pagar por concepto de impuestos como el IVA y el IRPF.
Una vez hecho esto podrás acudir al Registro Mercantil para inscribir la escritura pública certificada ante notario de la constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada.