Cuando ya hemos comenzado con las actividades de nuestro negocio, es básico que debemos hacer facturas. Este es un tema que a muchos como autónomos nos preocupa el no saber cómo hacerlas o cómo hacer los cálculos que estas conllevan. Aquí aclararemos algunos puntos para que los tengas en cuenta.
Datos que deben llevar las facturas
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- Las facturas deberán llevar tus datos, nombres, apellidos, NIF, Domicilio, número de teléfono (el email es opcional)
- Número de serie de la factura.
- Fecha de emisión de la factura. Estas no pueden perder el orden, deben ir en relación con el número de la factura.
- Es muy importante incluir todos los datos del remitente de la factura, nombres y apellidos, NIC O CIF, dirección y número de teléfono.
- Debes describir el producto o servicio por el cual estas realizando la factura, igualmente se incluye el precio unitario.
- Con respecto al IVA, aplicaras el 21%, excepto que tu IVA sea hiperreducido, reducido o exento
- La Retención va a variar dependiendo de la retención que se tenga (7%, 15%)
- El Importe total ya viene siendo el valor final de la factura
Otros puntos clave para el proceso de facturación es hacer los cálculos correspondientes, entre ellos están:
- La retención de IRPF: este cálculo, solo lo pueden realizar los autónomos profesionales en sus respectivas facturas.
- Si eres nuevo autónomo, tu tipo de retención es reducido al 7%. Este porcentaje es válido durante los primeros 18 meses como autónomo profesional. Al culminar los 18 meses correspondientes. Tu retención pasa a ser general con el 15%.
Calculo del IVA
Generalmente, en la actualidad se aplica el 21 % al importe bruto pero eso no quiere decir que en todas las facturas que realicemos, se deba aplicar el 21%. Hay varios tipos de IVA que anteriormente les hice mención.
- Para el IVA Hiperreducido se aplicara el 4%
- Al IVA Reducido, se aplicará el 10%
- El Exento de IVA tiene una aplicación de 0%, es muy extraño que se aplique la exención del IVA, a menos que sea para una exportación.
Facturar a otro autónomo
Primeramente hay que tener en claro que este no es un caso “normal” por así decirlo, entre empresa y particular. Cuando es de autónomo a autónomo se habla de dos profesionales.
Para este caso en particular, se debe aclarar si es una factura por la prestación de un servicio, o por la venta de algún producto.
Si se realiza una factura por venta de un producto, a estas no hay que aplicarles la retención del IRPF. Pero en el caso de ser una factura por la prestación de algún servicio, hay que hacerle su respectiva retención del IRPF. Un dato importante a recordar, ambos deben estar dados de alta en el régimen correspondiente a su actividad. Teniendo en claro el tema, se sugiere realizar la factura de autónomo a autónomo como si recibiésemos o emitiésemos a una empresa.
¿Qué hacer cuando otro autónomo aplica la retención del IRPF en la factura?
Cuando otro autónomo a realizado la factura por medio de la prestación de un servicio; si le marcaste la retención del IRPF, te corresponde ingresar el importe en la Hacienda, rellenar el modelo 111 trimestral y hacer el modelo 19 anual. Los plazos otorgados para realizar estos procedimientos, son iguales a los del IVA y el IRPF trimestral. De esta manera, cuando el otro autónomo verifique los datos en el momento de hacer su Declaración de la Renta, constara los importes que has ingresado.
Como facturar un trabajo realizado por dos autónomos
Como autónomo, en algún momento vas a necesitar la ayuda de otro autónomo, ya sea porque el proyecto sea demasiado grande para una sola persona o simplemente el tiempo en el que debías entregarlo se aproxima y para finalizarlo, requieres de alguien más.
Para que la factura pueda realzarse deben seguir estos pasos que acá se les presenta:
- Los dos autónomos deben realizar dos facturas. En ellas deben ir reflejadas el valor del trabajo realizado. Es importante dividir la cantidad del monto entre las dos facturas y respectivamente tienen que agregare los impuestos correspondientes. Corresponde aclararle al cliente que no tiene que pagar más el IVA
- El autónomo subcontratara los servicios de otro autónomo: En este caso, debemos expandir un poco la explicación para que puedan entender y no tengan inconvenientes si les toca esta situación.
- Se le facturara al cliente el monto total del trabajo realizado, seguidamente el otro autónomo te hará una factura con el monto pactado por la prestación del servicio.
- Tras la realización de este proceso, como la factura tendrá una retención del IRPF, te corresponderá presentar ante la Agencia Tributaria el modelo 111.
- Facturación Electrónica:Debes saber que la factura electrónica, tiene el mismo valor que una factura normal, solo tienes que seguir los pasos a seguir para que tu factura electrónica tenga valides, acá te presentamos los pasos a seguir:
- Para tu validación tienes que contar con la firma y el certificado electrónico con el cual podrás emitir tu factura
- Es importante que la empresa o la persona al cual vas a emitir la factura acepte las facturas electrónicas, de no aceptarlas corresponderá hacerlas de manera manual
Estas facturas con el tiempo se volverán obligatorias debido al ahorro de papel que generan, teniendo un ahorro de 0.70 euros para la entidad receptora y 1,85 euros para la entidad emisora.
Por otra parte con la realización de estas facturas electrónicas se minoriza la cantidad de errores debido a que es más fácil detectar las fallas con un programa para su corrección y no solo eso sino que también reduce el tiempo de la gestión de facturas al haberse introducido inicialmente los datos de manera electrónica, haciendo de esto un proceso más directo y eficaz. Igualmente esto conlleva a ahorrar espacio porque como lo mencionamos anteriormente la introducción de los datos es directa omitiéndose un papeleo, evitando la perdida de las facturas realizadas, y así maximizando el orden del proceso administrativo y contable