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Cómo darse de alta como autónomo

By 10 agosto, 2019enero 24th, 2022Asesoria-fiscal

Para darse de alta como autónomo es muy sencillo, son pasos muy fáciles de realizar. Aunque para comenzar con cualquier actividad económica así sea por cuenta propia, requiere de una serie de carga administrativa que debemos presentar en las oficinas correspondientes.
Aquí te explicaremos paso a paso lo que debes hacer para que realices todo el papeleo. Te recordamos que los autónomos o empresarios individuales, son aquellos que realizan actividades económicas por cuenta propia, no requieren de un contrato en régimen general y emiten sus propias facturas para sus clientes. Algunas veces los trabajadores autónomos laboran para una empresa externa, mediante un previo contrato especificando la prestación del servicio.

Para poder darte de alta como autónomo, tendrás seguir los siguientes pasos:

Darte de alta en la Seguridad Social. Este es el primer paso a realizar. Tienes un lapso de 60 días máximo para presentar el modelo TA0521, en alguna de las oficinas correspondientes a la Seguridad Social o presentarla telemáticamente a través de una red autorizada.

De esta manera pasarás a darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) al momento de presentar el modelo que incluirá los siguientes requisitos:

  • DNI, pasaporte o tarjeta de extranjero.
  • Tarjeta de la Seguridad Social.
  • Permiso de trabajo para trabajadores extranjeros.
  • Original y copia de tu alta en Hacienda.

Al momento del alta, te toca definir tu base de cotización y las coberturas por la cual cotizaras. Es recomendable, para los trabajadores del área de construcción, elegir la cotización por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

El modelo TA0521, simplemente es la solicitud de alta, baja o variación de datos en el Régimen Especial de autónomos en la Seguridad Social.

Darte de alta en Hacienda

Luego de presentada el Alta en la Seguridad Social, tienes que darte de alta en Hacienda presentando el modelo 036 o el modelo 037. Con el cual le estarás notificando a la Hacienda, tus datos personales, la actividad económica que vas a realizar, la ubicación donde estará tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar.

  • El modelo 036: (Declaración Censal de Alta, Modificación y Baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores) es el modelo para darse de alta como autónomo en Hacienda. Este modelo lo tienen que presentar los autónomos que tengan Regímenes Especiales.
  • El modelo 037: es un modelo más simple para la declaración censal, es una versión resumida del modelo 036.

Al terminar de tramitar tu alta en Hacienda, igualmente te estarás dando de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) este impuesto es muy probable que no tengas que pagarlo porque para poder hacerlo tendrás que facturar más de un millón de euros anuales.
En caso de haber un cambio en los datos o de ubicación, te corresponderá presentar nuevamente los modelos 036 o 037 con su respectiva modificación.

Darte de alta en el ayuntamiento para la apertura de licencia.

Si para comenzar con tu negocio necesitas abrir un local o establecimiento, debes acercarte al ayuntamiento para tramitar la licencia de obras.

Esta licencia municipal es obligatoria para que puedas desarrollar tu negocio, debe ser renovada cuando haya modificaciones en el local, cambios en la actividad económica o cuando se haya cambiado de propietario.

Es importante que te informes con anterioridad sobre cuáles locales o establecimientos son los adecuados para que desarrollar tu actividad. Sabiendo esto podrás evitar grandes gastos en obras y costes añadidos.

Tipos de licencias:

  • Licencia para actividades inocuas: Son las actividades que realizan los pequeños comercios como las tiendas, minimarket, o pequeñas oficinas que ofrecen distintos servicios.
  • Licencia para actividades calificadas: Son las actividades de hostelería, industriales, entre otros. Estos tipos de actividades, requieren de ciertas medidas sanitarias, de seguridad y ambientales.

Pasos para solicitar la licencia de apertura: Se debe redactar un proyecto técnico de la licencia de apertura o adecuación del local. Dicho proyecto tiene que realizarlo un profesional acreditado.

  • Revisión del proyecto por parte del Colegio Oficial.
  • Realizar los pagos correspondientes de las tasas municipales.
  • Hacer la presentación de la declaración responsable y la solicitud de la licencia de apertura.
  • Deberás esperar la visita del técnico del ayuntamiento, que se encargará de hacer la revisión competente, para constatar que el local cumple con los datos suministrados en los documentos presentados.

Dar de alta a un trabajador

Es importante saber que como autónomo, puedes hacer contratación de personal por medio de cuenta ajena. Hay que tener en claro que al realizar un contrato laboral, es preciso el pago correspondiente de las cuotas a la Seguridad Social.

Para hacer las contrataciones de personal, es importante darte de alta como empresario en la Seguridad Social y rellenar el modelo TA.6

Dato importante: es posible ser autónomo y estar dado de alta como empresario, si cumples con el modelo TA.6, no habrá inconveniente alguno.

  • Lo que debes hacer en primer lugar para contratar personal es:
  • Solicitar una cuenta de cotización. Así podrás hacer las cotizaciones del personal.
  • Cumplimentar el modelo TA.7
  • Rellenar el modelo TA.2/S para poder dar de alta al trabajador.
  • Registrar el contrato laboral del trabajador en el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)

Mediante internet, también puedes realizarlo. A través del Sistema Creta, podrás hacer las comunicaciones y el envió de las cotizaciones de tu personal de trabajo con la Seguridad Social.

Es importante que tengas presente que la Ley de Autónomos de 2017 aporta más flexibilidad en relación a los cambios en las bases de cotización en Altas y Bajas a la Seguridad social.

Los autónomos tienen permitido hacer un número de cambios a su base de cotización, hasta cuatro veces al año. Igualmente sólo podrán gestionar la Alta y la Baja, tres veces al año.

También las cuotas mensuales se pagarán a partir del día de alta y se dejarán de pagar cuando sea el día de baja. Anteriormente los autónomos debían pagar el mes completo, actualmente no es así.

Antes de terminar, quiero recordarles que es fundamental que cumplan con todos los requisitos para poder hacer los trámites correspondientes para comenzar con las actividades que realizarás como autónomo. De no cumplir con ellas, las consecuencias implican gastos, gravedad, entre otros factores.