El impuesto sobre viviendas vacías es una de las novedades legislativas destinadas a promover los mecanismos necesarios para que haya suficientes viviendas en renta en lugares urbanos. Con la finalidad de ayudarte a entender su funcionamiento, a continuación veremos los pormenores de este gravamen.
¿Qué es el impuesto sobre viviendas vacías?
Como su nombre lo indica, se trata de un gravamen sobre las viviendas desocupadas por su incumplimiento de la función social. En realidad, desde la óptica de muchos expertos, este impuesto tiene como propósito fomentar que haya más viviendas disponibles en zonas donde su demanda es considerablemente alta. De hecho, en muchas comunidades autónomas existen incentivos fiscales para fomentar el arrendamiento de inmuebles desocupados.
En cualquier caso, el gravamen se origina por el simple hecho que una vivienda esté desocupada. Entonces, si se comprueba que está habitada, entonces el propietario no estará obligado a pagar este gravamen. Cabe destacar que la aplicación del impuesto sobre viviendas vacías no es uniforme en todo el territorio español, pues cada comunidad Autónoma tiene a su cargo decidir algunos aspectos básicos. En cualquier caso, la norma general es que el impuesto sobre viviendas vacías es aplicable cuando el inmueble permanece desocupado por un período superior a dos años. Por lo tanto, si posees una casa que está en desuso, tienes un margen de tiempo considerable para asegurarte que sea arrendada, y así evitar pagar este gravamen.
Qué se considera «casa vacía».
Esta cuestión no es fácil de zanjar. De hecho, el impuesto sobre viviendas vacías fue planteado por primera vez en el 2004, pero su aplicación se ha retardado precisamente por la dificultad que implica definir qué es una casa vacía. Actualmente no existe una definición propiamente dicha en la normativa vigente. Sin embargo, el Instituto Nacional de Estadística (INE) indica que «una vivienda (…) se considera (…) vacía cuando no es la residencia habitual de ninguna persona ni es utilizada de forma estacional, periódica o esporádica por nadie. Se trata de viviendas deshabitadas».
Por otro lado, la normativa considera algunas excepciones como justificadaspara que una vivienda no tenga residentes permanentes. Este sería el caso si el desplazamiento del propietario se debió a cuestiones laborales, por problemas de salud, atención a personas dependientes o por la intención de alquiler o venta del inmueble. Al mismo tiempo, se menciona como una excepción si el inmueble es una segunda residencia. Entonces, no puede considerarse como vivienda vacía sí de forma esporádica es utilizada por sus dueños. Por supuesto, esto abre un debate sobre la forma en que se utilizan los inmuebles y, además, dificultad en gran manera la puesta en marcha del impuesto sobre la vivienda vacía. En cualquier caso, a cada comunidad Autónoma le toca determinar los lineamientos que regirán el concepto de vivienda vacía en el territorio que está bajo su jurisdicción.
Cuánto se paga por este gravamen.
Nuevamente, no existe una cantidad establecida de antemano, pues cada comunidad Autónoma puede fijar sus propios criterios. Sin embargo, el impuesto sobre viviendas vacías puede ser equivalente al 150% del IBI (impuesto de bienes inmuebles). Y, otra vez, el porcentaje del IBI es el determinado por cada Comunidad Autónoma y se calcula en base al valor catastral del inmueble. Entonces, primero necesitamos conocer el IBI aplicable en el lugar dónde se encuentra el inmueble y, posteriormente calcular el impuesto sobre viviendas vacías.
Para entender este punto, tomemos como base el IBI en Madrid, que en promedio es de 438,90 €. Entonces, el impuesto sobre viviendas vacías correspondería al 150% del IBI, es decir 658,35 €, dando un total de 1.097,25 €. Cabe destacar que cada caso es distinto, por lo que es indispensable revisar la normativa aplicable en la zona.