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Elección del Impuesto de Actividades Empresariales y exenciones de pago

By 26 junio, 2020enero 24th, 2022Asesoria-fiscal

Hay un impuesto que afecta a todos los autónomos en el ejercicio de sus actividades laborales. Se trata del Impuesto de Actividades Empresariales o IAE. Este debe pagarse por el hecho de desempeñar actividades profesionales, artísticas o empresariales. 

En un principio, parece que no es un impuesto que deba preocuparte, pues la mayoría de los autónomos están exentos de pagarlo. Sin embargo, su importancia no radica tanto en si se debe pagar o no, sino en las consecuencias que genera en otros pagos. Para comprender mejor este punto, explicaremos más ampliamente que es y como puede afectarte el IAE.

Elección del IAE

La elección que hagas del Impuesto de Actividades Empresariales al darte de alta en Hacienda es crucial en la vida tributaria del país. Decimos esto porque dependiendo el epígrafe elegido es la forma que se calcularán tus contribuciones posteriores a Hacienda.

Al darte de alta tendrás que elegir un eprígrafe del IAE en el Modelo 036 o 037 que llenes, según corresponda. Tendrás que asegurarte de elegir el correcto, pues en caso que no corresponda a la actividad correcta, podrías ser acreedor a sanciones por parte de Hacienda. 

Todos los epígrafes existentes se engloban en tres categorías principales, que son actividades empresariales, profesionales y artísticas. Ahora bien, la importancia de la elección del epígrafe radica en la categoría a la que pertenece, pues de ello se desprenderán las demás responsabilidades y obligaciones tributarias que adquieras. 

En base a la categoría a la que pertenezca el epígrafe seleccionado estarás obligado a tributar en el régimen de estimación directa, estimación simplificada o estimación objetiva. Ahora bien, como debes saber, todos los aspectos contables obligatorios, así como tributarios, dependen del régimen en el que tributarás.

En resumen, la importancia del IAE radica en que mediante este se determina el régimen tributario de cada contribuyente, sin importar si está exento o no del pago del Impuesto de Actividades Empresariales. Por eso, es sumamente importante que definas bien desde el principio el IAE que te será aplicable.

Exenciones de pago del IAE.

Algunas actividades empresariales están exentas del pago del IAE. Sin embargo, todos los autónomos que formen parte de sociedades civiles y de CB, deben pagar este impuesto. Aún así, existen las siguientes excepciones:

En los dos primeros años de actividades, se exime del pago del IAE, tanto a sociedades como a autónomos. A partir del tercer año de actividades, deberán realizar este pago todos aquellos que hayan registrado un importe neto de más de 1000000 € en el primer año. En caso contrario, también está exento el pago del IAE en el tercer año de actividades.

Existe un aspecto interesante del IAE. Piensa en una sociedad que está en el tercer año de actividades y reúne las condiciones para efectuar el pago del IAE en este ejercicio físical. En tal caso, debe notificarlo a Hacienda mediante el Modelo 840. Ahora supongamos que también le notifica a Hacienda que en este año estará ampliando sus actividades laborales. En tal caso, como éste será su primer año de actividades con la nueva modalidad, estará exento de pago durante los siguientes dos años por esta razón.